La Ley de la Coca en manos del Tribunal Constitucional Plurinacional

\"Editorial

Los celos y las distancias entre fracciones del movimiento cocalero nunca han sido tan evidentes como ahora. No es un secreto que el sector chapareño goza de la predilección del líder histórico del movimiento, el presidente Evo Morales.

Aunque se han mantenido en las esferas cercanas al poder, los cocaleros de los Yungas, donde se encuentran los cultivos tradicionales y supuestamente destinados al consumo legal de la población, han expuesto numerosas veces su desacuerdo con los privilegios que gozan sus similares del Trópico cochabambino.

Sin embargo, desde que se inició la discusión y posterior aprobación de la Ley de la Coca, las distancias se acrecentaron.

Pero, más preocupante que estas percepciones es que Adepcoca (Asociación Departamental de Productores de Coca de La Paz), que básicamente congrega a los productores yungueños, haya presentado hace unos días ante el Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP) el recurso de inconstitucionalidad contra la Ley General de Coca, promulgada en marzo, sin el apoyo de sus representantes en la Asamblea Legislativa.

El presidente ejecutivo de Adepcoca, Franklin Gutiérrez, comentó que \»se hizo una invitación abierta mediante nota a todos los diputados y senadores en vista de que nuestros representantes nacionales de los Yungas mostraron  una conducta  pasiva y negativa desde hace tres semanas y no podíamos esperar más tiempo”.

El recurso argumenta los motivos por los cuales Adepcoca cree que la ley vigente vulnera la Constitución Política del Estado (CPE). \»Las zonas con registro y catastro de la producción de coca son inconstitucionales porque están en contra de lo que dice el artículo 284 de la Constitución, que establece la protección  de la coca originaria y ancestral y no de la coca de otras características culturales”, señala parte del recurso.

Adepcoca especifica que hay zonas geográficas en Bolivia que no corresponden a esa caracterización, \»por lo que deben ser expulsadas del ordenamiento jurídico boliviano,  debiendo declararse su inconstitucionalidad por el Tribunal Constitucional”.

El único diputado que respaldó el recurso de inconstitucionalidad con su firma fue Wilson Santamaría, de Unidad Demócrata (UD), rúbrica que se necesita para presentar el documento ante la instancia judicial en Sucre.

Recordemos que la nueva norma de la coca legaliza el cultivo de 22.000 hectáreas de coca en todo el país, 14.300 para La Paz y 7.700 para Cochabamba. Reemplaza a la Ley 1008 que establecía un límite de 12.000 hectáreas sólo para el área tradicional, sin tomar en cuenta al trópico cochabambino.

La dirigencia de Adepcoca espera que con este recurso se pueda derogar la norma vigente, lo que fue calificado por los dirigentes cocaleros del Chapare como un acto cobarde, puesto que esa región se rige ante la ley para producir cultivos de la hoja.

Tan importante como esta señal, que exhibe malestar en el sector social que fue el reducto más sólido de apoyo a Evo Morales, es la reacción de algunos militantes de oficialismo. El ministro de Desarrollo Rural y Tierras, César Cocarico, sostiene que con la demanda interpuesta, Adepcoca está mostrando su militancia opositora, y señala los peligros que corre el movimiento cocalero al aliarse a estos partidos políticos; como si en este decenio su alianza con el MAS no representara el mismo riesgo de politización.

Lo que piense o haga el Presidente es aún incierto, pero siendo como es el principal dirigente del sector, a la vez que el mandatario de todos los bolivianos, deberá intentar abstraerse de sus simpatías personales para analizar a fondo el problema de los cultivos de coca que no es preocupación única de los cocaleros yungueños, sino del país y el mundo entero.

Existen informes oficiales que indican que  la coca del Chapare se destina mayoritariamente al mercado ilegal, lo que quiere decir que argumentos para declarar inconstitucional la Ley de la Coca existen de sobra. Habrá que esperar para ver en qué dirección actúan los miembros del TCP.